El aceite de cannabidiol (CBD) se utiliza actualmente en una variedad de alimentos, vitaminas y productos de cuidado personal. Algunos ejemplos son: aceites, cremas, cápsulas, gomitas, polvos para bebidas, té y otros extractos. Se ofrece para consumo humano y animal en diversas dosis y presentaciones. EMSL Analytical, Inc. ofrece opciones de análisis específicas para realizar pruebas microbiológicas y químicas comunes en estos productos a través de su División de Alimentos.
Componentes
- Cannabis (también conocido como marihuana): Planta cultivada con fines medicinales y recreativos. El cannabis puede procesarse y utilizarse como aditivo en numerosos alimentos y productos de cuidado personal.
- Cáñamo: Una variedad de la planta de cannabis cultivada para usos industriales.
- Delta-9-tetrahidrocannabinol (THC): El ingrediente activo del cannabis que produce sus propiedades psicológicas. Actualmente, la Agencia Antidrogas de Estados Unidos (DEA) lo clasifica como sustancia controlada de la Lista I.
- Cannabidiol (CBD): Un componente cannabinoide que se encuentra de forma natural y que puede obtenerse tanto de la planta de cannabis como de la de cáñamo.
El contenido de THC en el producto determinará si EMSL puede aceptarlo para su análisis y a qué laboratorio se puede enviar la muestra. NOTA: Actualmente, EMSL no analiza muestras para determinar su contenido de THC, por lo que este análisis debe ser realizado por un laboratorio externo antes de que se pueda enviar cualquier muestra.
Para determinar si EMSL puede aceptar un producto, recopile esta información y siga estos pasos:
- ¿Qué tipo de producto es este?
- ¿Este producto es para uso humano o animal?
- ¿Qué tipo de análisis solicita para este producto?
- ¿Dispone de una copia del informe de un laboratorio de análisis externo que muestre el contenido actual de THC de la muestra? Por favor, envíe una copia del informe por correo electrónico a: deasample@emsl.com.
- El Grupo de Muestra de la DEA evaluará la situación y determinará si EMSL puede seguir adelante.
Referencias
La Ley de Mejora Agrícola de 2018, que se promulgó el 20 de diciembre de 2018, cambió la definición de marihuana para excluir el "cáñamo", material vegetal que contiene 0,3 por ciento (< 0,3%) o menos de delta-9 THC en base a peso seco. En consecuencia, el cáñamo, incluidas las plantas de cáñamo y las preparaciones de cannabidiol (CBD) con un contenido de delta-9 THC igual o inferior al 0,3 por ciento
umbral, no es una sustancia controlada y no se requiere un registro de la DEA para cultivarla o investigarla.
https://www.dea.gov/factsheets/marijuana
https://www.dea.gov/press-releases/2019/08/26/dea-announces-steps-necessary-improve-access-marijuana-research
https://www.ams.usda.gov/rules-regulations/hemp
